ELIMINACIÓN DE LAS TASAS JUDICIALES PARA PARTICULARES
Tasas judiciales. hasta ahora los particulares debían pagar tasa Judicial al presentar demanda ante los Juzgados en gran número de ocasiones. Tras la ardua polémica despertada por la implantación de las Tasas Judiciales. se han modificado. El Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero ha establecido que están exentos de la tasa las personas físicas en todo caso. Así no será preciso presentar autoliquidación de la tasa. Señala el art. 8.1 párrafo 2º de dicho cuerpo legal en su redacción vigente dada por el Real Decreto-ley 1/2015. Se establece una bonificación del 10…LEER MÁS



