ELIMINACIÓN DE LAS TASAS JUDICIALES PARA PARTICULARES

ELIMINACIÓN DE LAS TASAS JUDICIALES PARA PARTICULARES

Tasas judiciales. hasta ahora los particulares debían pagar tasa Judicial al presentar demanda ante los Juzgados en gran número de ocasiones. Tras la ardua polémica despertada por la implantación de las Tasas Judiciales. se han modificado. El Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero ha establecido que están exentos de la tasa las personas físicas en todo caso. Así no será preciso presentar autoliquidación de la tasa. Señala el art. 8.1 párrafo 2º de dicho cuerpo legal en su redacción vigente dada por el Real Decreto-ley 1/2015. Se establece una bonificación del 10…LEER MÁS
DIVORCIO: ¿QUIEN PAGA LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS, EL IBI, TASA DE BASURA, ETC.?

DIVORCIO: ¿QUIEN PAGA LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS, EL IBI, TASA DE BASURA, ETC.?

ATRIBUCIÓN DEL DERECHO DE USO DE LA VIVIENDA A UN CONYUGE EN CASO DE DIVORCIO: ¿QUIEN PAGA LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS, EL IBI, TASA DE BASURA, ETC.? En caso de divorcio, si el uso de la vivienda conyugal propiedad de ambos es atribuido a la esposa, se suele recoger que ambos ex cónyuges deben abonar al 50% los gastos. Estos gastos son los inherentes a  la propiedad familiar. Ahora bien ¿qué se entiende por gastos inherentes a la propiedad familiar? La Audiencia Provincial de Madrid (Sección 22ª), en Auto de 3 de febrero…LEER MÁS